Guia Completa

Impuestos en Italia para Extranjeros 2026: Guía Completa

Guía completa 2026 sobre impuestos para extranjeros residentes en Italia

Impuesto sobre la renta, impuesto de sociedades, impuestos sobre el patrimonio y sucesiones explicados de forma clara. Orientado a expatriados, autónomos, inversores y fundadores de SRL italianas.

Descripcion general

La guia esencial para extranjeros.

Italia grava a personas y empresas mediante IRPEF (renta personal), IRES e IRAP (empresas), y el régimen forfettario. Los no residentes tributan solo por renta de fuente italiana; los residentes, por renta mundial. Las reformas recientes (L. 199/2025 Ley de Presupuestos; D.Lgs. 139/2024) introdujeron el nuevo régimen de impuesto sustitutivo de 300.000 €/año para nuevos residentes, modificaron el impuesto de sucesiones (umbrales separados de 1.000.000 € para donaciones y herencias) y aumentaron los tipos de IVIE/IVAFE sobre activos extranjeros. Este pilar abarca las principales interacciones fiscales de los extranjeros con Italia a junio de 2026.

IRPEF: impuesto sobre la renta de las personas físicas

El IRPEF (Imposta sul Reddito delle Persone Fisiche) grava la renta mundial de los residentes fiscales italianos con una escala progresiva de tres tramos reformada por la Ley de Presupuestos 2026 (L. 199/2025): 23 % hasta 28.000 €; 33 % de 28.001 € a 50.000 €; 43 % por encima de 50.000 €. Esta estructura sustituye al antiguo baremo de cinco tramos y produce, para las rentas altas, una carga nacional ligeramente superior a la vigente antes de 2024. Las addizionali regionales (entre el 0,7 % y el 3,4 % según la región) y municipales (0,0 % a 0,9 %) se suman al impuesto nacional y elevan la carga marginal total al 45-47 % en varias regiones. Los contribuyentes disponen de deducciones por cargas familiares, préstamos inmobiliarios y cotizaciones a la seguridad social. Los no residentes tributan exclusivamente por las rentas de fuente italiana, generalmente mediante retención en la fuente liberatoria.

Impuesto de sociedades (IRES + IRAP)

Las SRL y S.p.A. italianas tributan por el IRES al 24 % sobre los beneficios mundiales, más el IRAP al 3,9 % sobre el valor neto de la producción (base amplia, a menudo reducida por deducciones de la masa salarial en empresas de servicios). La carga efectiva combinada de IRES + IRAP para una SRL de servicios se sitúa habitualmente entre el 27 % y el 31 %. Las startups innovadoras (SRL Innovativa) disfrutan de un IRES reducido al 15 % durante cinco años, siempre que se cumplan los criterios de innovación, I+D y capital. Las sociedades de cartera industriales y financieras (SRL detentrici di partecipazioni) pueden optar al régimen de participación exenta, que excluye el 95 % de los dividendos intragrupo del IRES. Las pérdidas compensables están limitadas al 80 % de la renta imponible, con reporte temporal ilimitado desde el D.Lgs. 147/2015.

IVIE e IVAFE: impuestos sobre el patrimonio en el extranjero

Los residentes fiscales italianos deben declarar y pagar el IVIE (1,06 % sobre el valor catastral o de mercado, el mayor de ambos) por los inmuebles en el extranjero y el IVAFE (0,2 % sobre el valor de los activos financieros extranjeros; 0,4 % si se custodian en jurisdicciones no cooperativas según decreto del MEF) por los activos financieros en el extranjero. Se aplica una tasa fija de 34,20 € por cuenta bancaria extranjera con saldo medio anual inferior a 5.000 €; por encima, el IVAFE se aplica normalmente. La declaración en el Quadro RW del Modello Redditi es obligatoria con independencia del valor, y los retrasos en los plazos ocasionan recargos del 30 % al 240 % de los importes adeudados. Los convenios bilaterales contra la doble imposición pueden conceder un crédito por el IVIE pagado en el extranjero sobre el mismo bien.

El impuesto sustitutivo de 300.000 € para nuevos residentes (2026)

El artículo 24-bis del TUIR, actualizado por la L. 199/2025, permite a quienes no hayan sido residentes fiscales italianos durante 9 de los últimos 10 años optar por un impuesto sustitutivo de 300.000 €/año sobre todas las rentas de fuente extranjera, durante un máximo de 15 años. Las rentas de fuente italiena tributan por separado según las reglas ordinarias del IRPEF y las cotizaciones a la seguridad social. La opción es irrevocable y debe ejercerse durante el primer año de residencia fiscal italiana a través del Modello Redditi SC. Resulta ventajosa para contribuyentes con renta mundial superior a 700.000-800.000 €, en los que la carga fiscal italiana ordinaria superaría los 300.000 €. Para las familias que trasladan su centro de vida, es necesario incluir las rentas del cónyuge para evaluar si la opción sigue siendo rentable.

Impuesto de sucesiones y donaciones

El impuesto italiano de sucesiones y donaciones sigue, desde la reforma vigente en 2026, tipos diferenciados: 4 % para descendientes en línea directa y cónyuge, con una exención de 1.000.000 € por beneficiario y por operación; 6 % para hermanos, con exención de 100.000 €; 8 % para otros parientes hasta el cuarto grado, sin exención. Los tipos para parientes más allá del cuarto grado y para personas sin parentesco son del 10 % y del 15 % respectivamente. Una reforma reciente ha separado los umbrales: las exenciones ya no se pueden compartir entre donaciones y herencias. Los no residentes solo tributan por los bienes situados en Italia; los convenios bilaterales pueden conceder un crédito por el impuesto satisfecho en el extranjero. Los convenios bilaterales con España, Francia, Alemania y muchos otros países establecen reglas de crédito para evitar la doble tributación internacional sobre los mismos activos o transmisiones.

El régimen forfettario al 5 % para autónomos

El régimen forfettario es un impuesto sustitutivo del IRPEF y de las cotizaciones INPS, accesible a personas físicas con Partita IVA cuya facturación anual no supere los 85.000 € y que respeten los límites de renta y de ingresos diversos. El tipo general es del 15 %, pero se reduce al 5 % durante los cinco primeros años de la actividad (y los cuatro siguientes) si se cumplen todos los requisitos de nueva actividad empresarial. El IVA no se devenga en las prestaciones, y el contribuyente queda sujeto a una cotización INPS a tanto alzado fijada por la Gestione Separata o la gestión de artesanos/comerciantes. El régimen se pierde al superar el umbral de facturación; el paso al régimen ordinario implica una regularización de las cargas sociales de los cinco años anteriores.

El régimen de impatriados (art. 5 D.Lgs. 209/2023)

El art. 5 del D.Lgs. 209/2023, aplicable a los traslados de residencia a partir de 2024, exonera el 50 % de las rentas del trabajo por cuenta ajena y propia producidas en Italia (60 % en caso de nacimiento, adopción o residencia italiana de un hijo menor que cumpla los requisitos), con un límite de 600.000 € de rentas admisibles por período impositivo. La ventaja tiene tope: la fracción que exceda de 600.000 € tributa con normalidad. El régimen dura cinco períodos impositivos (el año del traslado y los cuatro siguientes), sin prórroga, y no contempla ningún incremento regional; se aplica de forma uniforme en todo el territorio italiano. El antiguo régimen del art. 16 D.Lgs. 147/2015 (tipos del 70 % y 90 % en las regiones del Sur, duración 5+5 años) sigue abierto únicamente para los contribuyentes que se convirtieron en residentes fiscales italianos, como tarde, el 31 de diciembre de 2023.

Residencia fiscal en Italia: tres criterios alternativos

Una persona es residente fiscal italiana en cuanto cumple uno de los tres criterios alternativos del art. 2 del TUIR. Primer criterio: la inscripción en el Anagrafe (registro de población) del municipio italiano elegido, que formaliza la residencia administrativa. Segundo criterio: la permanencia en territorio italiano durante más de 183 días en el año natural, incluso no consecutivos, incluidos los días de tránsito y de trabajo. Tercer criterio, el más subjetivo: el centro de intereses vitales en Italia, apreciado según los vínculos familiares, económicos, sociales y patrimoniales predominantes (cónyuge, hijos, actividad principal, residencia principal, cuentas bancarias). La Agencia Tributaria italiana puede considerar la residencia incluso sin inscripción en el Anagrafe, e inversamente cuestionarla si el centro de vida efectivo permanece en el extranjero; cada caso se analiza sobre la base de pruebas documentales.

FAQ

Estos articulos son validos para 2026?

Si. Todos los articulos se actualizan al 30 de junio de 2026 segun la Agenzia delle Entrate y la Gazzetta Ufficiale.

Los no residentes pagan impuestos en Italia?

Solo sobre ingresos de fuente italiana. Los ingresos extranjeros generalmente no se gravan salvo opcion por regimen de 300.000 EUR.

Puedo hacer mi propia declaracion?

Si, mediante el formulario 730 o Modello Redditi. Recomendamos un asesor fiscal para no residentes.

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